Existe un procedimiento legal que permite cancelar gravámenes sobre propiedades sin juicio, sin notario y sin necesitar la firma del banco o acreedor. Miles de propietarios en México no lo saben.
Solo necesitamos el nombre del propietario registral. Nosotros consultamos el Registro Público y te decimos si el gravamen puede cancelarse.
Consultaremos el Registro Público y te contactaremos con el resultado en menos de 24 horas.
¿Por qué pasa esto?
La ley establece plazos para que los acreedores ejerzan sus derechos. Si no lo hacen, el gravamen pierde validez pero sigue en el Registro Público hasta que alguien lo cancela formalmente.
Si el banco no ejerció ninguna acción legal durante el plazo que marca el Código Civil, su derecho se extingue por ley aunque el gravamen siga inscrito.
Decenas de instituciones fueron liquidadas o fusionadas en los años 90 y 2000. Sus hipotecas siguen inscritas pero es imposible obtener la carta de cancelación del acreedor original.
Muchos propietarios liquidaron su crédito pero el banco nunca tramitó la cancelación registral. El gravamen permanece aunque la deuda esté saldada hace años.
Un gravamen vigente te impide vender tu propiedad, obtener nuevo crédito hipotecario, rentarla formalmente o dejarla en herencia sin complicaciones.
Casos frecuentes
Propietarios que terminaron de pagar su crédito hace más de 20 años pero el banco nunca tramitó la cancelación o ya desapareció. El gravamen sigue en el Registro bloqueando cualquier operación.
Muy frecuente en Tlaxcala, Puebla y MorelosUn embargo fue inscrito como medida cautelar pero el acreedor nunca siguió el proceso para ejecutarlo. Transcurrido el plazo legal sin actividad registral ni jurisdiccional, el embargo caduca por ministerio de ley.
Aplica en procedimientos fiscales y civilesEl banco original fue absorbido por otro o liquidado. La nueva institución no tiene registros claros y es imposible obtener la instrucción de cancelación. La hipoteca permanece inscrita indefinidamente.
Bancos extintos de los años 90 y fusiones bancariasFundamento jurídico
No es una promesa. Es un procedimiento administrativo fundamentado en legislación vigente y jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Los siguientes artículos del Código Civil para el Estado de Tlaxcala y su Reglamento del Registro Público son la base jurídica que hace posible la cancelación de gravámenes sin intervención judicial ni firma del acreedor.
Lo que dicen nuestros clientes
"Tenía una hipoteca de 1998 de un banco que ya no existe. Llevaba años sin poder vender mi casa. En menos de dos semanas me confirmaron que procedía la cancelación."
"Pagué mi crédito en 2010 pero el banco nunca canceló la hipoteca. Ya habían pasado 14 años. El trámite fue rápido, sin juicio y sin pagar al banco nada."
"Tenía un embargo de una deuda fiscal de hace más de 5 años. Me dijeron que tenía que ir a juicio pero aquí me explicaron que había una forma administrativa. Se resolvió sin ningún problema."
"Heredé una propiedad con hipoteca de un banco absorbido por otro. Parecía imposible cancelarla. La consulta fue gratis y el trámite tardó menos de lo que esperaba."
La única manera de saberlo es verificar. La consulta es completamente gratuita y te respondemos en menos de 24 horas.
Verificar mi propiedad — Gratis¿Cómo funciona?
Nos proporcionas el nombre del propietario registral. Sin costo y sin compromiso. En menos de un minuto.
Consultamos el Registro Público y verificamos si el gravamen cumple los requisitos legales para su cancelación conforme al Código Civil.
Si procede, preparamos el procedimiento administrativo fundamentado legalmente. Sin juicio, sin notario, rápido y económico.
Nuestro compromiso
Cada solicitud se sustenta en artículos específicos del Código Civil y jurisprudencia de la SCJN.
La verificación es gratuita. Solo cobramos si tu caso procede y aceptas el servicio.
Tus datos y la información de tu propiedad son estrictamente confidenciales.
Te contactamos con el resultado de la consulta registral en menos de 24 horas hábiles.
El trámite es administrativo. No requiere proceso judicial ni intervención notarial en la mayoría de los casos.
Conocemos la práctica registral de Tlaxcala, Puebla, CDMX y Morelos. No somos un despacho genérico.
¿Prefieres hacerlo tú mismo?
Cada plantilla incluye el oficio completo con toda la fundamentación legal, artículos del Código Civil, jurisprudencia obligatoria de la SCJN y la estructura que los registros públicos esperan ver. Tú solo sustituyes los datos de tu caso entre corchetes.
Por prescripción de la acción hipotecaria. Incluye jurisprudencia SCJN, cómputo exacto de plazos y declaración bajo protesta.
Por caducidad registral. Acredita doble inactividad del acreedor conforme al estándar exigido por la Primera Sala de la SCJN.
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Preguntas frecuentes
La ley establece que ciertos gravámenes pierden su validez legal con el paso del tiempo si el acreedor no realizó ningún trámite. No necesitas entender los detalles legales. Registra tu solicitud gratis y nosotros hacemos el análisis.
No. En la mayoría de los casos la cancelación se tramita directamente ante el Registro Público mediante un procedimiento administrativo. No requiere demanda judicial ni intervención de notario.
La verificación inicial es completamente gratuita. Si tu caso procede y decides contratar el servicio, te informamos el costo antes de cualquier compromiso.
Una vez confirmada la procedencia y entregada la documentación, el trámite ante el Registro Público suele resolverse en días hábiles. Los tiempos varían según el estado y el tipo de gravamen.
Sí, de hecho esos son los casos más comunes. Hipotecas de instituciones liquidadas o fusionadas en los años 90 y 2000, donde es imposible obtener la carta de cancelación, son exactamente el tipo de casos para los que existe este procedimiento legal.
Para la verificación inicial solo necesitas el nombre completo del propietario registral y el estado y municipio del inmueble. Si el caso procede, te indicaremos la documentación específica necesaria.
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